Abril 25, 2024

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¿Qué son los actos anticipados de campaña?

Para garantizar la paridad en el proceso electoral es indispensable respetar los tiempos otorgados por las autoridades.

Ahora que la carrera electoral ha iniciado, partidos y candidatos han realizado acusaciones sobre actos anticipados de campaña, por lo que se han disparado las multas y los amparos en los tribunales, tanto para castigarlos como para impedir que afecte a los aspirantes a ocupar cargos públicos. Mediante sanciones económicas hasta la remoción de la candidatura, los tribunales electorales buscan prevenir que estas faltas ocurran durante el proceso previo a las campañas, pero ¿qué son? y, ¿cómo podemos identificarlos? Te contamos.

¿Qué son?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), los actos anticipados son expresiones realizadas, bajo cualquier modalidad, antes del inicio de las campañas electorales. Estas acciones usualmente contienen llamados al voto en contra o a favor de una candidatura, coalición o partido político; también, pueden solicitar cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso.

De esta manera, cualquier candidato, coalición o partido que induzca al voto antes del inicio de las campañas podría obtener una ventaja sobre sus contrincantes o incurrir en desinformación previo al proceso electoral, por ende deberá ser sancionado.

¿Cómo identificarlos?

Conforme al artículo 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para considerar que un acto es anticipado, ya sea de precampaña o campaña, se requiere que estén presentes los siguientes tres elementos:

El personal: que la conducta sea cometida por partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos

Temporalidad: que se den antes del inicio formal de las campañas

El subjetivo: que la finalidad del mensaje esté relacionado con el llamado expreso al voto en contra o a favor de una candidatura o partido, o la solicitud de cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral.

Debido al amplio marco en el que estas acciones pueden caer, los tribunales electorales se encargarán de analizar, discutir y decidir cada caso, así como las suspensiones que puedan presentar los acusados.

Los partidos y los precandidatos podrán realizar reuniones, asambleas y demás actos para convencer a militantes y al electorado en general para obtener el respaldo de su candidatura, pero evitando hacer llamados expresos al voto.

Del mismo modo, tienen acceso a los spots en radio y televisión únicamente por medio de los tiempos del partido político al que pertenece, pero no pueden adquirir o contratar propaganda por cuenta propia. También, los aspirantes pueden compartir propaganda de precampaña, sin embargo, ésta debe de señalar su calidad de precandidatos, respetando el periodo de tiempo establecido.

Al final de este lapso, deberán entregar los reportes de fiscalización para informar al INE sobre sus gastos.

Sanciones Las sanciones van desde la amonestación pública y multas, reducción de ministraciones del financiamiento público e interrupción de la transmisión de la propaganda en radio y televisión en el caso de partidos políticos.

Para los aspirantes, precandidatos o candidatos partidistas que incurran en estas prácticas, estos podrían perder el derecho a su registro, la cancelación de éste, o con la negativa para hacerlo, inclusive aunque se trate de un precandidato electo en un proceso interno partidista.

Estas sanciones también aplican para los aspirantes a candidatos independientes, a quienes se les podría negar el registro.
¿Qué hacer si los identifico?

Si reconoces que algún precandidato o partido incurrió en este tipo de actos es necesario que presentes una denuncia ante el tribunal electoral local.

Cada estado tiene un formato diferente para que puedas completar tu queja y las autoridades logren proceder y, en su caso, sancionar este tipo de acciones.

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